El nuevo Plan LGTBI+; una obligación recién llegada para las empresas
3 min readSegún los resultados del estudio “Gestión de la diversidad LGTBI+ en España”, realizado por BBVA, REDI y Pacto Mundial de la ONU España, solo el 41% de las empresas disfruta de un clima laboral en el que se hable naturalmente y se normalice en su totalidad la visibilidad de las personas que forman parte de la comunidad LGTBI+. No obstante, el 60% de las organizaciones tienen previsto empezar el abordaje de programas de diversidad LGTBI+ en los próximos tres años, en el marco sobre el Plan LGTBI+.
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El Plan LGTBI+, ¿en qué consiste?
En términos generales, el Plan LGTBI+ es una serie de medidas orientadas a la prevención de la existencia de cualquier tipo de discriminaciones y comportamientos denigrantes en el entorno laboral contra las personas LGTBI+ y sus familias.
Así, el plan debe contar con las medidas y recursos necesarios para lograr la igualdad real de las personas LGTBI+, además de incluir un protocolo de prevención y actuación en casos de acoso, discriminación y violencia LGTBI+ en el ámbito laboral.
Tal como ocurre con el Plan de Igualdad para empresas, este protocolo debe ser pactado mediante la negociación colectiva y acordado con la representación legal de las personas trabajadoras. De acuerdo a la Ley 4/2023, conocida también como la Ley Trans, el contenido y alcance de dichas medidas quedan bajo la responsabilidad del desarrollo reglamentario.
Una obligación para las empresas
El Plan LGTBI+ es actualmente considerado como una obligación para las empresas que tengan más de 50 personas en su equipo de trabajo. En el caso de las empresas que dispongan de 50 o menos personas en plantilla, estas tendrán la obligación de adoptar medidas para prevenir y detectar situaciones de discriminación y acoso a las personas que forman parte de este grupo.
Una de las principales dudas que suelen surgir es si, en caso de contar con un Plan de Igualdad, la empresa está obligada a realizar el Plan LGTBI+. La respuesta es SÍ. No se puede comparar el Plan LGTBI+ con el Plan de Igualdad, ya que persiguen objetivos diferentes. Además, en ese mismo plan con el que ya se cuenta, se deberá modificar para incluir expresamente a las personas trans, con especial atención a las mujeres trans, tal y como se especifica en el artículo 55 de la Ley 4/2023, mencionada anteriormente.
El incumplimiento de la ley puede conllevar sanciones económicas para las empresas, además de perjudicar visiblemente la reputación de la organización. Adicionalmente, las empresas que no cumplan con dichas regulaciones pueden enfrentar desde acciones judiciales y demandas legales por discriminación, hasta multas que oscilan entre los 200 y 150.000 euros. Del mismo modo, pueden implementarse otro tipo de medidas como denegar subvenciones, impedir el acceso a las ayudas públicas, prohibir la contratación con la Administración Pública o cerrar o cesar la actividad temporalmente.
El objetivo de este Plan es garantizar los derechos de las personas LGTBI+, eliminando cualquier situación de discriminación, y motivar la contratación de personas trans en el marco de igualdad de oportunidades.